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Revisiones de instalaciones de gas
Cada cierto tiempo, vienen apareciendo en Elda, igual que en otros lugares de toda España, empresas o personas que visitan los domicilios particulares con la intención de realizar la revisión de las instalaciones de gas o la sustitución de las gomas de butano y de reguladores. Las normas vigentes disponen que los usuarios de gas deben mantener en buen estado su instalación doméstica. Por eso tienen la obligación de solicitar la revisión de esa instalación cada cinco años, en el caso de gas butano y propano, o cada 4 años si se trata de una instalación de gas natural. Pero para realizar esta revisión periódica, los usuarios pueden elegir libremente la empresa que más les convenga, comparando los servicios que ofrecen y sobre todo los precios que cobran antes de contratar. A ESTE RESPECTO HAY QUE TENER EN CUENTA QUE LAS EMPRESAS QUE LIBREMENTE OFRECEN SUS SERVICIOS NUNCA SON ENVIADAS POR ORGANISMO OFICIAL, NI POR EL AYUNTAMIENTO DE ELDA. - ¿QUÉ REQUISITOS FUNDAMENTALES TIENEN QUE CUMPLIR LAS EMPRESAS INSTALADORAS? * Tienen que estar legalmente autorizadas por la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación de la Generalitat Valenciana con un número de registro, contando con instalador o instaladores autorizados. * Deben tener a disposición de los usuarios las tarifas de las piezas, de la hora de trabajo y de otros servicios concretos que realicen. * Deben tener a disposición de los clientes las hojas de reclamaciones oficiales. * Cualquier empresa instaladora autorizada, al finalizar la revisión, debe entregar al usuario una certificación acreditativa de la revisión periódica. * Si se sustituyen piezas, el usuario tiene derecho a quedarse con las piezas viejas, que pueden servir de prueba en caso de reclamación. * Si el dueño de la instalación no cumple con la obligación de mantener las instalaciones en buen estado o no remite el certificado de revisión transcurridos los cinco años, la empresa suministrador del gas butano o propano puede negar el suministro. * Hay que pedir siempre factura de la revisión, sin necesidad de firmarla. Es suficiente con pagarla. - CONSEJOS A TENER EN CUENTA: * Antes de dejar entrar en el domicilio particular a ninguna persona que ofrezca la revisión de la instalación de gas si no la hemos solicitado, pedir siempre la acreditación de instalador y de empresa autorizada por la Comunidad Autónoma. * Antes de realizar el trabajo debe solicitarse un presupuesto escrito y detallado de materiales y mano de obra, así como los desplazamientos si los hubiera, para aceptar o rechazar el servicio sin ninguna objeción, tomando el tiempo necesario para leer incluso la letra pequeña. El usuario tiene derecho y es conveniente que compare las tarifas de distintas empresas instaladoras puesto que son precios libres y pueden variar considerablemente de unas a otras. * No se debe firmar ningún documento ni factura si no se ha recibido y aceptado antes el presupuesto escrito. * También las empresas multinacionales más conocidas envían cartas o envían a su personal a los domicilios de sus clientes para ofrecerles la revisión de las instalaciones de gas. Los clientes tampoco están obligados a aceptar este servicio ni a dejar pasar a dicho personal al domicilio. Si se aceptara la revisión que ofrecen, también es obligatorio acreditar su autorización, recibir presupuesto escrito y aceptarlo antes de realizar la revisión. * La gomas del butano no hay que cambiarlas si no están defectuosas o caducadas. La fecha de caducidad viene indicada en las mismas gomas. Si hay que sustituirlas, puede hacerlo uno mismo, si tiene la destreza necesaria. Las gomas nuevas y homologadas se pueden comprar en cualquier establecimiento o empresa distribuidora y también varías los previos de unas a otras. * El regulador y las abrazaderas de las bombonas de gas butano no tienen caducidad determinada. Si fuera necesario el cambio por avería o deterioro, el instalador autorizado será el que lo indique, para que el dueño de la instalación acepte o no la sustitución. * Es aconsejable que las empresas elegidas se encuentren adheridas al Sistema Arbitral de Consumo y en sus documentos o publicidad figure el distintivo correspondiente. Esta adhesión supone una garantía para el consumidor en caso de que tuviera que hacer reclamación. Más información. * OMIC ELDA C/ Juan Carlos I, 41 (Mercado Central, 2ª Plta.) Tlfono. 966989232 omic@elda.es * TEL.GRATUITO INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR Generalitat VALENCIANA: 900 500 222
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